Our staff remains at the forefront of the evolution of regulations that affect our clients’ businesses.
Nueva prórroga para la Manifestación de Valor Electrónica.
El pasado 2 de junio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) publicó la segunda versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 (“RGCE”), mediante la cual se reformó el Transitorio Décimo Primero de dichas reglas.
Con esta modificación, se amplía hasta el 31 de julio de 2026, el plazo durante el cual los importadores podrán seguir cumpliendo con sus obligaciones relacionadas con la Manifestación de Valor en la misma forma en que lo han venido haciendo hasta ahora, conforme al artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera y la regla 1.5.1. de las RGCE para 2026, es decir, utilizando el formato en papel.
Lo anterior significa que, a partir del 1 de agosto de 2026, se deberá transmitir electrónicamente la Manifestación de Valor y sus anexos a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
Si bien la obligación de transmitir electrónicamente la Manifestación de Valor surgió con la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior del 24 de junio de 2019, en el Diario Oficial de la Federación, en su regla número 1.5.1, desde entonces el SAT ha emitido diversas disposiciones transitorias con el fin de permitir una implementación gradual y otorgar tiempo adicional para la adecuación de procesos y sistemas, tanto de los importadores como de las mismas autoridades aduaneras.
Por ello, es importante que los importadores aprovechen esta oportunidad para revisar sus procesos internos, validar la información utilizada para determinar el valor en aduana y confirmar que cuentan con la documentación necesaria, esto les permitirá reducir contingencias operativas y facilitar la adaptación a los nuevos requerimientos una vez que resulten plenamente exigibles.
Cualquier duda con respecto a este boletín debe ser dirigida a:
Karin Wall
kwall@cmgdlaw.com
Fernanda Rubio
fra@cmgdlaw.com